Los Certificados de Incobrabilidad son documentos que por un lado, le permitirán respaldar la provisión de cuentas por cobrar en la contabilidad, y por el otro le permitirá castigar tributariamente los créditos incobrables al presentarlos ante el Servicio de Impuestos Internos como respaldo. Este documento se debe emitir una vez que se ha realizado el proceso formal y sistemático de cobranza de una deuda, sin que finalmente se consiga su pago por parte del cliente.
Según la información provista por el Servicio de Impuestos Internos, los requisitos que permiten admitir la deducción de castigos por créditos incobrables son los siguientes:
- Que provengan de deudas relacionadas con las gestiones comerciales de la empresa o negocio que estén vinculados con la renta en cuestión.
- Que sean realmente incobrables; es decir, que su insolvencia sea probada o evidente, acreditada en forma absolutamente fehaciente y que corresponda con las causas fundamentadas, tales como casos de quiebra, muerte sin haber dejado bienes, rebajas en virtud de convenios judiciales y abandonar luego toda posibilidad de cobro ante el fracaso de gestiones conocidas y de rigor, usadas en el comercio, tendientes a la recuperación de las deudas. Además, dentro de este mismo ámbito, no se acepta el castigo de deudas cuyo cobro sea dudoso, así como tampoco aquellas en que se continúe manteniendo relaciones comerciales con el comerciante.
- Que su castigo haya sido contabilizado durante el año relacionado con el impuesto.
- Que haya quedado constancia en su oportunidad y previamente en los libros de las operaciones que dieron origen a tales deudas, y que el sistema contable en uso permita el control y verificación de las cuentas respectivas, de modo tal que si se produce, posteriormente, el pago de estos créditos castigados, aparezca dicha suma como utilidad incorporada a la renta líquida imponible. Además, deberá considerarse el interés del contribuyente para obtener la recuperación de la deuda, ya sea por vías legales (demandas judiciales) o extra-legales (aceptación de nuevos documentos, etc).
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